Sociedades Y Empresas Conjuntas



Cuando dos o más partes desean unirse para llevar a cabo un negocio común, normalmente han de elegir entre las diversas formas de asociación existentes, como Corporaciones, Sociedades Limitadas, colectivas, sociedades de inversión en capital variable y empresas conjuntas. Si las expectativas de los distintos participantes no están claras o son inapropiadas o cambiantes podrán aparecer importantes dificultades.

La elección de la forma de asociación más adecuada dependerá de una serie de circunstancias distintas según la situación de que se trate. Por ejemplo, aquellos cuyo único interés consiste en establecer una relación mientras dura un específico proyecto frecuentemente se decantan por un acuerdo de empresa conjunta (joint venture). El contrato de joint venture es bastante diferente del de sociedad, teniendo cada uno de ellos su propio régimen legal y tributario.

Normalmente recomendamos que los futuros socios hablen entre sí acerca de los principales aspectos de los acuerdos a alcanzar y sobre los problemas que puedan surgir y cuáles serían las soluciones de los mismos. Esto puede ayudar a tener las cosas más claras y a agilizar el proceso.

Podemos prestar nuestra asistencia en las siguientes materias:

  • Empresa conjunta (joint venture) con y sin capital común
  • Gestión de empresas conjuntas.
  • Traspaso de participaciones en una empresa conjunta.
  • Acuerdos de empresa conjunta
  • Conflictos
  • La vida de una sociedad
  • Acuerdos

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